REGLAMENTO GENERAL DE LA CARRERA QUITO15K RACE Y QUITO 21K RACE 2026

Capítulo 1: Información general

Capítulo II: Sobre la carrera

Quito 15k Race:

Hora: 07:15am Atletas en sillas de ruedas Competencia / Paseo / HandCycle.

Hora: 07:30am Atletas Élite, VIP, Corral A y Corporativas.

Hora: 07:45am Corral B.

Hora: 08:00am Corral C.

Hora: 08:15am Corral D.

Hora: 08:30am Corral E.

Quito 21k Race:

Hora: 06:45am Atletas Élite, VIP, Corporativas y General

Élite Masculino y Femenino

Sub-Élite Masculino y Femenino

De 16 a 19 años Masculino y Femenino

De 20 a 29 años Masculino y Femenino

De 30 a 39 años Masculino y Femenino

De 40 a 49 años Masculino y Femenino

De 50 a 59 años Masculino y Femenino

De 60 a 69 años Masculino y Femenino

De 70 años en adelante Masculino y Femenino

Silla de ruedas Paseo, Competencia y HandCycle

Los atletas menores de 18 años hasta 16 años deberán presentar la autorización correspondiente firmada por el padre o representante legal al momento de su inscripción.

Élite Masculino y Femenino

De 18 a 24 años Masculino y Femenino

De 25 a 29 años Masculino y Femenino

De 30 a 39 años Masculino y Femenino

De 40 a 49 años Masculino y Femenino

De 50 a 59 años Masculino y Femenino

De 60 a 69 años Masculino y Femenino

De 70 años en adelante Masculino y Femenino

Las categorías se abrirán en caso se cumpla con el mínimo de 30 inscritos. La fecha referente para calcular la edad de un atleta y su categoría respectiva es el día de la carrera.

Capítulo III: Sobre las inscripciones

Capítulo IV: Sobre el evento antes de la carrera

Capítulo V: Sobre la premiación del atleta

Capítulo VI: Sobre los requerimientos para la carrera

Capítulo VII: De los términos y condiciones

Los atletas competidores al adquirir su inscripción y participar en la carrera Quito15K Race o Quito 21K Race, aceptan expresamente los términos y condiciones establecidos para cada participante, dentro de los que se encuentran:


REGLAMENTO TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN DE LA CARRERA QUITO15K RACE Y QUITO 21K RACE

Capítulo I

Ámbito

Art. 1.- RACEVENTS S.A.S organiza la Carrera Quito15K Race y Quito 21K Race, que se rige por su propio reglamento y los Términos y Condiciones de la Carrera que todo participante acepta.

Art. 2.- Para garantizar el derecho al defensa consagrado en la Constitución Política del Ecuador y en los Tratados Internacionales, RACEVENTS S.A.S organizará un Tribunal de Impugnación que se encargará de conocer los reclamos, escuchar a las partes y resolver, sobre cualquier controversia surgida en torno a la Carrera Quito15K Race o Quito 21K Race.

Capítulo II

Conformación Del Tribunal De Impugnación

Art. 3.- El Tribunal estará conformado por tres miembros principales y tres miembros alternos quienes reemplazarán a los principales en caso de ausencia. Dos miembros principales y dos alternos serán representantes de RACEVENTS S.A.S, un miembro principal y uno alterno será representante de los jueces de la Carrera.

Art. 4.- Cada miembro del Tribunal será designado por el Comité Organizador de la Carrera. En el caso de que algún miembro del Tribunal de Impugnación no acepte el cargo, el Comité Organizador se encargará de designar un nuevo miembro hasta conformar el Tribunal.

Art. 5.- El Tribunal se instalará con tres miembros. A falta de un miembro principal participará un miembro alterno.

Capítulo III

Procedimiento

Art. 6.- Cualquier controversia que se suscite en relación a la Carrera Quito15K Race o Quito 21K Race, únicamente podrá presentarse dentro de las 48 horas posteriores a la publicación de resultados en medios digitales, y será puesta en conocimiento del Tribunal de Impugnación por cualquier persona por escrito y debidamente fundamentada. Será aceptada a trámite previo el pago de la tasa de impugnación de USD 50.00 (Cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) y los demás requisitos establecidos en este reglamento. En caso de existir pruebas se adjuntarán a la impugnación escrita.

Art. 7.- La impugnación escrita y el pago de la tasa de impugnación, serán recibidas en las instalaciones de RACEVENTS S.A.S (Edificio Forum 300, Av. República E7-197 y Diego de Almagro, Piso 9 Oficina 901) y será calificada por el Comité Organizador.

Art. 8.- Para que una impugnación sea aceptada a trámite deberá contener:

Art. 9.- En caso de que la impugnación escrita no cumpla los requisitos el Comité Organizador archivará dicha impugnación.

En caso de que la Impugnación sea verificada y aceptada el Tribunal de Impugnación ordenará la devolución de la Tasa de Impugnación. Si la impugnación fuese negada o archivada por no cumplir los requisitos necesarios o estar indebidamente fundada, la Tasa quedará a favor de RACEVENTS S.A.S.

Art. 10.- Una vez calificada la impugnación, el Comité Organizador convocará en máximo de 48 horas, señalando la hora para que el Tribunal de Impugnación se instale y citará a las partes de la impugnación para que ese mismo día se lleve a cabo una audiencia. La audiencia se celebrará en las instalaciones de RACEVENTS S.A.S. En caso de que exista una contraparte se le pondrá en conocimiento de la impugnación con una copia y se le citará para que comparezca a la audiencia.

Art. 11.- El Tribunal de Impugnación se instalará con tres miembros, con la presencia de las partes de la impugnación se dará inicio a la Audiencia. En caso de que las partes no se presenten a la Audiencia se esperará hasta diez minutos. Si transcurridos los diez minutos las partes no se presentaren se dará por archivada dicha impugnación.

Art. 12.- Instalado el Tribunal y con la presencia de las partes impugnantes se dará a lectura de la impugnación. Luego se dará un tiempo máximo de 20 minutos para que la parte impugnante exponga sus motivos y presente pruebas, si las hubiere. A continuación, se escuchará por hasta 20 minutos a la contraparte, en caso de que exista. Si la impugnación es referente a la Carrera un miembro del Comité Organizador será la parte que exponga los temas sobre la carrera.

Art. 13.- Escuchadas las partes, el Tribunal tendrá un máximo de 20 minutos para deliberar. La resolución del Tribunal será definitiva, de obligatorio cumplimiento y se dará a conocer a las partes inmediatamente leyéndolo en la audiencia.

Art. 14.- Si el Tribunal determinare la culpabilidad de un participante dentro de una impugnación, la sanción será la imposibilidad de participar en la Carrera Quito15K Race y Quito 21K Race por el resto de su vida, sin perjuicio de las correspondientes acciones legales que RACEVENTS S.A.S estimare presentar.

Disposición Final

PRIMERA. - La resolución del Tribunal de Impugnación es de obligatorio cumplimiento para las partes que se han aceptado los Términos y Condiciones de la Carrera.

Aprobado por el Comité Organizador de la Carrera Quito15K Race y Quito 21K Race, Quito, 01 de marzo del 2023.